El Gobierno prohibió la propaganda política partidaria en edificios públicos de Nación y estableció límites para su denominación
  • Lo hizo a través del Decreto 1084/2024 publicado en el Boletín Oficial.
  • El documento fijó, entre otras cuestiones, un “plazo mínimo entre el fallecimiento de una persona y la utilización de su nombre en los bienes del Estado”.
  • Cuáles son las razones que esgrimió el Poder Ejecutivo.

 

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